Prevención Riesgos Laborales
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Impartición de formación en contra-incendios teórica-practica.
Controller jurídico en prevención de riesgos laborales en la empresa.
Actualmente, va apareciendo un interés generalizado en las empresas por abordar el compliance de manera integral y sistemática. Esa tendencia se explica en la medida que se concede a la manera de llevar a cabo la producción.
dentro del concepto compliance existe sin duda un compliance laboral y de prevención de riesgos laborales que ha pasado a ocupar un lugar destacado en la agenda de RR.HH, no solo para evitar la responsabilidad penal de las empresa y de sus administradores, sino también para prevenir la responsabilidad administrativa, y especialmente, para preservar la buena reputación de la compañía.
El objetivo de GAFINSA S.L. es velar por que la empresa tenga la garantía que su empresa cumpla con la legalidad en materia de prevención de riesgos laborales, verificando su cumplimiento.
Nuestro trabajo de consultoría engloba:
Actualización del sistema de gestión de prevención.
Análisis de riesgos.
Control de gestión de los requisitos legales en prevención de riesgos laborales.
Ante posibles sanciones en materia de prevención realizamos el recurso de alegaciones y lo presentamos ante la autoridad laboral competente.
Evaluación de cumplimiento legal en PRL.
La evaluación, tiene como objetivo principal, verificar la eficacia del sistema de seguridad y salud de los trabajadores.
También es una herramienta de utilidad, tanto el empresario como los representantes de los trabajadores para tengan un conocimiento objetivo del resultado final, a través de la emisión por parte de un profesional independiente y especializado sobre el grado de adecuación de la entidad a la legislación vigente.
Elaboración de planes de autoprotección.
¿Qué es el plan de autoprotección?
Es una organización que debe ser capaz de:
Realizar labores de prevención.
Elaborar unos procedimientos de actuación ante emergencias (planificación).
Poner en práctica los anteriores procedimientos en caso de que se produzca un accidente en la actividad (intervención).
Integrar el Plan en los planes de ámbito superior y asegurar la coordinación con los servicios de emergencia (integración y coordinación).
¿Quiénes están obligados?
Las actividades que deben disponer de un Plan de Autoprotección se dividen en dos grupos:
1. Actividades con reglamentación especifica.
2. Actividades sin reglamentación especifica.
Elaboración de planes de emergencia y evacuación.
Los planes de emergencia y evacuación son obligatorios para todas las empresas que dispongan de centros de trabajo para de este modo dar cumplimiento al artículo de medidas de emergencia de la 31/ 1995 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Dicho plan debe contener como mínimo lo estipulado en los capítulos 6, 7 y anexo I II de la Norma Básica de Autoprotección recogida el Real Decreto 393/ 2007.